Es lo que habeis buscado algunos visitantes para llegar a este blog.
Pues creo que en la medida en que se pacte o no se pacte con el propietario.
Puede haber un propietario, por ejemplo en el caso de una planta de oficinas, que se lo alquile a una de ellas por el precio de todas y esta se dedique a buscar subarrendados con algo de beneficio.
Pero legalmente diria que no se puede subarrendar si no existe una clausula en el contrato de alquiler o una autorización por escrito del dueño permitiendo dicho subarriendo.
miércoles, 4 de febrero de 2009