Seguramente hace unos dias os sorprendio esta noticia en la tele, y es que un alquiler ya realizado podria tener que bajar por efecto del descenso del IPC.
Lo que he podido entender de esta noticia es que si un alquiler debe revisarse con el IPC del mes de marzo, que ha sido negativo, el resultado tendria que ser un ligero descenso de la cuota mensual para el inquilino.
Pero la cosa parece que no es tan sencilla. En primer lugar suponiendo que se entrara en este supuesto que luego veremos que no es para todos los alquilados, habria que comunicarlo al arrendador teoricamente de una forma fehaciente, es decir mediante burofax, que viene a costar unos 22-24 euros aproximadamente. Si contamos que la rebaja para un alquiler de 1000 euros seria de 1 euro al mes, solamente para amortizar el dinero gastado en el burofax habria que asegurarse de que este nuevo precio iba a durar unos dos años. Solo para amortizar el burofax sin ganar nada. Y no se puede asegurar puesto que al año que viene habria una nueva revision, que quien sabe si a lo mejor es todavia mas favorable, o no, y supone una nueva subida. Con esta economia loca...
Asi que salvo en los casos en los que el arrendador acepte en un trato verbal por decirlo de algun modo darse por enterado de esta condicion y baje el precio por aquello de que es un dinero nimio y muestra buena voluntad hacia el inquilino para no forzar la relacion, o los casos en los que hasta por 20 ct. que se le pueda hacer perder al arrendador no importan los 20 o 25 euros que se tengan que gastar aparte (casos de mal rollo), en el resto pues no se yo si merece la pena gastarse en el burofax o no. Desconozco si las personas que tienen subvencion por renta joven, estan obligados a pedir la rebaja o no al recibir ayudas publicas, seria bueno que os enterarais.
La siguiente cuestion es que no son todos los alquileres los que se pueden beneficiar de esta medida. Solamente los que tengan que revisarse con el IPC de marzo, y en cuyos contratos este claramente señalado o al menos no se diga lo contrario. Revisarse es revisarse con todas las consecuencias, pero aumentarse la cuota ya no es revisar con todas las consecuencias, es tomar el IPC para aumentar, que aqui habria ya sus mas y sus menos ya que el tema de rebajar no solo no esta contemplado sino que el uso de un antonimo podria excluir al otro.
Otro detalle es que vamos a poner que el arrendador aun recibiendo el burofax se niega a rebajar, habria que ir entonces a juicio, y claro por 1 euro o incluso menos al mes, no se yo si merece la pena puesto que ni siquiera se si en esta clase de juicios, el que pierde (si es que es un caso claro a favor del arrendatario) se hace cargo absolutamente de todos los gastos (abogados de la parte contraria, costas, etc.) o no. En fin, que habria que enterarse muy bien de todo antes de ir.
Dependera tambien del tipo de IPC al que se hayan sometido los contratantes al firmar el contrato, no valdran otros indices o IPCs sectoriales o locales. Solo el nacional. Y como no lo ponga muy claro, seguramente habra que acudir a un abogado a que nos lo aclare, lo cual es pasta extra...
En fin, que es de esas cosas que por mucho derecho que se tenga, como el arrendador se niegue a hacerlo de forma casi automatica, es posible que cueste mas forzar la rebaja que realmente lo que se va a ahorrar el inquilino.
sábado, 18 de abril de 2009