domingo, 12 de julio de 2009

el segundo retraso en un alquiler justificara el deshaucio

En los ultimos dias ha habido dos medidas legales en este sentido.

La primera, una sentencia del Tribunal Supremo que entiende que el retraso no puede solucionarse, es un incumplimiento y por lo tanto el propietario tiene derecho a echar al inquilino.

Y la segunda un proyecto de ley aprobado en el que se registra la misma clausula, la posibilidad de deshaucio por un retraso de 15 dias, pero el inquilino puede evitar que lo echen si paga lo atrasado en un plazo de tiempo determinado hasta que el arrendador pueda denunciar.